CCSS facilita condiciones para que patronos y trabajadores independientes realicen trámites en la administración pública
- Personas físicas y jurídicas que no hayan iniciado su actividad económica, pueden continuar sus trámites y posteriormente realizar su inscripción ante la CCSS.
- Trabajadores independientes con ingresos menores a la Base Mínima Contributiva no tienen la obligación de estar inscritos ante la CCSS para realizar su trámite.
La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), en la sesión de este jueves 4 de mayo 2023, acordó modificar los “Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social”, con el fin de dar una mejor interpretación a la normativa, así como agilizar los procedimientos que realizan las entidades públicas.
Se trata de una serie de condiciones que deben cumplir los patronos y trabajadores independientes, para ser sujeto de autorizaciones por parte de la administración pública de solicitudes relacionadas con permisos, exoneraciones, concesiones o licencias; así como para participar en procesos de contratación pública regulado por la Ley de Contratación Administrativa o por la Ley de Concesión de Obra Pública, a partir de lo regulado en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS.
Para la máster Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, presidenta ejecutiva de la CCSS, este es un gran paso en materia de simplificación de trámites, reactivación económica y en esa obligación que tienen las instituciones públicas de eliminar las “trabas” que puedan existir en los procesos y trámites.
“Nos hemos enterado, de casos en que, por una inadecuada interpretación de la norma, se les obliga a personas físicas y jurídicas, a inscribirse ante la CCSS y pagar cuotas sin que legalmente deben hacerlo. El objetivo de estos cambios normativos es procurar equidad, razonabilidad, seguridad jurídica y control en estos tipos de procedimientos administrativos” resaltó la presidenta ejecutiva.
Luis Diego Calderón Villalobos, gerente financiero de la CCSS, detalló que el cambio dará mayor fluidez; específicamente para los casos en que una persona física o jurídica que aún no ha iniciado su actividad económica pueda realizar el trámite ante la Administración Pública, sin necesidad de estar inscrito ante la CCSS, pero condicionado a que, en un plazo establecido de ocho días, posterior al inicio de la actividad económica, acrediten su condición de estar inscritos y al día con la CCSS.
A la vez esto procura que a los trabajadores independientes cuyos ingresos son menores a la Base Mínima Contributiva (327.337 colones) y, por consiguiente, no están obligados a contribuir a los seguros sociales administrados por la CCSS, no se les exija el requisito de estar inscrito ante la Institución; aspecto relevante, pues son personas de bajos ingresos que dependen de estos trámites para continuar con sus actividades económicas. Tras el acuerdo de este jueves la Gerencia Financiera procederá a efectuar la publicación del ajuste en el Diario Oficial La Gaceta.
La CCSS, tiene a disposición de las entidades públicas, diversos canales para consultar por medio de sistemas digitales, la condición de “Al día o moroso” de patronos y trabajadores independientes, entre ellos, la consulta de morosidad disponible en su sitio web www.ccss.sa.cr, donde con sólo el número de identificación de la persona física o jurídica, se emite la constancia que refleja su condición ante la CCSS, aspecto que contribuye de forma ágil y eficiente con la simplificación de trámites en la Administración Pública.
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