Los trabajadores que deben circular en vehículo durante la restricción sanitaria, deben solicitar una nueva carta a su patrono para utilizarla a partir del 1° de diciembre.
Lo anterior porque este próximo 30 de noviembre será el último día de validez de la carta actual.
Según el Decreto Ejecutivo 42295-MOPTS-S, las cartas de excepción a la restricción vehicular sanitaria deben de renovarse cada dos meses contados a partir de su fecha de emisión.
Los colaboradores pueden portar la carta en físico o en digital, ambos formatos son permitidos.
Además, deben presentar el carné institucional o empresarial, adicional a la carta.
Trabajadores independientes
En el caso de las personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida que justifique su movilización.
Además, deben portar la carta firmada.
De viajar sin los permisos laborales respectivos, las autoridades pueden multarlo por ¢110 mil.
Restricción
La aplicación de la restricción vehicular sanitaria cuenta con 18 tipos de excepciones que permiten a la ciudadanía desplazarse con motivos laborales, acceder a servicios esenciales, atender citas médicas, promover actividades turísticas, servicios a domicilio, visitas a veterinarias, entre otras.
La restricción es unificada en todo el país. Se puede circular de lunes a viernes de a 5:00 a.m. a 10:00 p.m., y sábado y domingo de 5:00 a.m. a 9:00 p.m. Salvo la lista de excepciones, no circulan:
- Lunes: 1y 2
- Martes: 3 y 4
- Miércoles: 5 y 6
- Jueves: 7 y 8
- Viernes: 9 y 0
La plantilla o formato de la carta es proporcionado por la Presidencia de la República. Para descargarla, haga click en este documento: Formato carta restricción vehicular diciembre
Puedes seguir a Puntarenas Se Oye en Facebook, WhatsApp, Twitter (X) o consultar nuestro canal de Telegram para estar al día con las últimas noticias de Puntarenas.