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Presidente Chaves autoriza uso de armas automáticas para la Policía

El presidente de la República, Rodrigo Chaves, junto con el ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora, anunció este miércoles un decreto que permite a la Fuerza Pública y a la Unidad Especial de Intervención (UEI) del Ministerio de la Presidencia utilizar armas automáticas.

Este tipo de armamento, que dispara en ráfaga, está prohibido por la Ley de Armas y Explosivos, pero la normativa contempla excepciones que permiten su uso en situaciones extraordinarias, siempre que el Poder Ejecutivo lo justifique mediante un decreto.

Justificación del decreto

El ministro Zamora explicó que los enfrentamientos con grupos criminales armados con fusiles automáticos ponen a la policía en desventaja, ya que los oficiales hasta ahora solo han contado con fusiles de disparo tiro a tiro.

Nuestra Policía se encuentra en inferioridad de poder de fuego, lo que compromete su integridad física en el cumplimiento de su deber”, indicó Zamora.

El presidente Chaves, por su parte, aseguró que con este decreto se pretende nivelar el poder armamentístico de la policía frente a las bandas criminales. “Estamos eliminando el burro amarrado del disparo uno a uno contra el tigre suelto de la ráfaga”, señaló Chaves.


Ataque en Batán

El anuncio del decreto fue motivado por un ataque reciente en Batán de Matina, donde una patrulla fue blanco de disparos con fusiles AK-47, un arma automática de uso prohibido en el país.

Patrulla en balacera
Patrulla en Balacera

Este tipo de armamento ha sido introducido ilegalmente y es utilizado por organizaciones criminales involucradas en el narcotráfico y sicariato.

Chaves y Zamora recalcaron la necesidad de igualar las condiciones en que la Fuerza Pública enfrenta a estas bandas, destacando que el decreto fue firmado y su contenido estará disponible una vez que se publique en el diario oficial La Gaceta.

¿Qué dice la Ley de Armas?

La Ley de Armas y Explosivos prohíbe el uso de armas que disparen en ráfaga, así como las armas largas semiautomáticas con cargadores de más de 10 tiros y armas cortas con cargadores para más de 17 tiros.

No obstante, el Poder Ejecutivo puede autorizar el uso de armas prohibidas mediante decreto en situaciones excepcionales, como ha ocurrido en este caso.

Aunque la ley menciona a cuerpos como el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y la Policía de Tránsito, no hace referencia explícita a la Unidad Especial de Intervención como destinataria de estas autorizaciones.






sinpe

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