Este martes, la Sala Constitucional determinó que dos de los tres artículos consultados de la nueva versión de la «Ley Jaguar» presentan vicios de constitucionalidad, lo que supone un segundo revés para el proyecto insignia del gobierno de Rodrigo Chaves en apenas dos meses.
Los magistrados resolvieron, por unanimidad, que los artículos 4 y 5 del proyecto de ley son inconstitucionales. El artículo 4 modifica el artículo 67 de la Ley General de la Contratación Pública, relacionado con la compra y arrendamiento de bienes inmuebles.
Mientras tanto, el artículo 5 altera el artículo 5 bis de la Ley Orgánica de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva), permitiendo incluir bienes inmuebles de alianzas estratégicas bajo su administración.
El único artículo que fue declarado constitucional, por mayoría, es el numeral 2, que propone una reforma en el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (CGR), limitando su competencia en relación con la administración pública.
Segundo revés en poco tiempo
El primer intento de la “Ley Jaguar” fue rechazado el pasado 29 de julio, cuando la Sala Constitucional identificó problemas en cuatro artículos consultados por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Tras este fallo, el presidente Chaves y su gabinete presentaron una segunda versión del proyecto, pero mantuvieron algunos de los artículos que ahora han sido declarados inconstitucionales.
Con esta nueva resolución y los plazos legales ajustados, parece prácticamente imposible que el Gobierno logre realizar el referendo que pretendía para impulsar las reformas legales contenidas en la “Ley Jaguar”.
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