El abogado Kendall David Ruiz Jiménez habló sobre la situación del atropello que ocurrió esta mañana en Barranca de Puntarenas en donde lastimosamente murió una mujer de 44 años y madre de 4 hijos.
En un video que circula en redes sociales se observa cuando Wendy Miranda Ordóñez; una niña y un niño que podrían ser sus hijos, circulaban sobre la carretera y no en la acera cuando fueron atropellados.
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Es por esa razón que el Lic. Kendall recomienda siempre usar acera para que la ley los cubra de alguna accidente.
“En redes sociales circula este accidente que acaba de suceder (el de la imagen) que corresponde a unas personas que caminaban en media calle y fueron atropellados.
A partir de lo anterior hago un respetuoso llamado a las personas que procuren caminar SIEMPRE en las aceras, si se da un incidente y están a media calle depende del caso podría ser que no puedan reclamar por el daño que les ocasionen ante la imprudencia de caminar a media calle, yo entiendo que en Costa Rica hay lugares que no hay aceras (terrible e inclusive algunas que no respetan la ley 7600), pero en caso que EXISTAN camine por ahí.
La Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial N° 9078 define “Acera: vía destinada al tránsito de los PEATONES.” Vean lo pongo en mayúscula… ahí es en el lugar que deben transitar los peatones.
A los vehículos EXPRESAMENTE se les prohíbe circular en las aceras en el artículo 108-145 de la Ley 9078 antes citada, (hay excepciones para fuerza pública y vehículos de emergencia), incluidos los ciclistas NO pueden circular en las aceras según el artículo 119-147”, indica el abogado Kendall.
También dio a conocer varios deberes que como peatones debemos de cumplir según el artículo 120.
- Portar documento de identidad
- Obedecer la señalización y autoridades de tránsito
- Deben transitar por fuera de las vías de tránsito vehicular
- En zonas urbanas deben utilizar ACERAS y los pasos peatonales
- CUANDO no hay aceras deben caminar con vista a los carros de frente (por el lado izquierdo de las vías públicas según la dirección de su marcha)
- NO deben transitar en vías públicas o las vías del ferrocarril, en si obstaculizar el tránsito
“Reitero… si la persona NO utiliza las aceras podría darse la situación en materia civil que NO se les indemnice o sea más bajo el monto por parte de la persona conductora, pero se deberá analizar cada caso. Ahora si no hay aceras podría reclamarse al estado por esta falencia.
La conductora estará sujeta a un proceso penal por este incidente sin dudas por homicidio culposo y eventualmente lesiones a la otra persona afectada, además de las eventuales sanciones en materia de tránsito”, agregó para finalizar.
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