Ante un aumento de casos, principalmente en la zona central de país, y tras un análisis epidemiológico interinstitucional, se tomó la decisión de elevar la alerta naranja a más cantones del país.
Así lo anunciaron en conferencia de prensa, el ministro de Salud, Daniel Salas; el presidente de la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), Alexander Solís y la ministra de Planificación Nacional y coordinadora del equipo económico, Pilar Garrido.
Regulación de establecimientos para cantones en alerta naranja.
La restricción será para el Cantón de Puntarenas salvo los distritos de Cobano, Lepanto, Monteverde, Isla Chira, Isla Caballo, Isla San Lucas, Isla del Coco e Isla Venado.
Entre semana:
- Podrá funcionar de 5:00 am a 7:00 pm la actividad comercial, salvo aquellos no habilitados como lugares de culto, parques públicos, bares y eventos de concentración masiva. Los hoteles podrán funcionar de lunes a domingo con un aforo de 50%.
Fines de semana:
- Únicamente podrán funcionar: supermercados, farmacias, centros médicos, pulperías, abastecedores, panaderías, carnicerías, verdulerías, servicio a domicilio, suministros agropecuarios, veterinarios y de higiene, bancos, funerarias, ferreterías, cerrajerías, talleres de reparación de vehículos, motocicletas, llantas y maquinaria, y lubricentros.
- En el caso de los supermercados, abastecedores, pulperías y minisúper, los fines de semana únicamente se habilita lo correspondiente a la sección de venta de alimentos, bebidas, abarrotes, suministros de limpieza e higiene, y necesidades básicas.
- No habilitado: Los establecimientos restaurantes, salones de belleza, tiendas, cines, teatros y museos, lugares de culto, parques públicos, bares y eventos de concentración masiva.
- Ferias del agricultor podrán funcionar con estrictos protocolos, y una franja diferenciada para adultos mayores de 5:00 am a 8:30 am.
Regulación para establecimientos en cantones en alerta amarilla (resto de país)
- De lunes a domingo: Continúan en la fase 3 de reapertura en horario de 5:00 am a 7:00 pm, con autorización para funcionamiento de lugares de culto de máximo 75 personas, playas de 5:00 am a 9:30 am, hoteles al 50% y restaurantes, tiendas, museos, cines y teatros los fines de semana.
- No habilitado: El funcionamiento de parques públicos, bares y eventos de concentración masiva.
La restricción vehicular nocturna total (todo el país, salvo zonas fronterizas) será de lunes a domingo de 7:00 pm a 5:00 am. De lunes a viernes, salvo lista de excepciones, no circulan las placas terminadas en:
• Lunes: 1 y 2
• Martes: 3 y 4
• Miércoles: 5 y 6
• Jueves: 7 y 8
• Viernes: 9 y 0
Los sábados y domingos la circulación se mantiene de 5:00 am a 7:00 pm, para traslado a establecimientos habilitados por el Ministerio de Salud. Salvo lista de excepciones, no circulan las placas terminadas en:
• Sábado: 0, 2, 4, 6 y 8
• Domingo: 1, 3, 5, 7 y 9
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