CCSS actualiza el reglamento de consentimiento informado
Profesionales en salud deben explicar de manera detallada al paciente en qué consiste el procedimiento que se le propone realizar.
La Caja Costarricense del Seguro Social dio a conocer el día jueves la actualización del reglamento de consentimiento informado y esto pretende que los asegurados hagan valer sus derechos a respetar su voluntariedad y autonomía en la realización de diferentes procedimientos clínicos en los establecimientos de salud.
El Dr. Jorge Jiménez Brizuela, director del Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social (Cendeisss) aseguró que, una vez se ha explicado al paciente todo lo relacionado con el procedimiento, la persona decidirá si se somete o no a este procedimiento.
“Esto vela por la autonomía del paciente como persona y por su derecho humano a decidir si se somete o no a un procedimiento. Ya quedará a criterio de cada uno de los asegurados si se lo realiza o no”, agregó.
Por su parte, la doctora Sandra Rodríguez Ocampo, jefa del área de Bioética del Cendeisss, agregó que mediante el proceso de consentimiento informado se provee información, adecuada a la capacidad de comprensión de la persona usuaria, referente a su salud, a los procedimientos clínicos que se recomienden y a las actividades relacionadas con la docencia en los servicios de salud.
“El titular del derecho a la información es la persona usuaria, única legitimada, en principio, para consentir, el funcionario de salud que interviene en la atención de los procesos de salud-enfermedad está obligado a brindar la información y a respetar las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por la persona usuaria”, aseveró.
Este reglamento, explicaron los profesionales, supone el abandono de la relación profesional usuario con sentido paternalista. En su lugar, se avanza hacia un nuevo escenario donde se enfatiza el ejercicio efectivo de los derechos de las personas y las responsabilidades que estos deben asumir, otorgándoles un papel protagónico en su atención y cuidado.
El instrumento normativo se apoya en los principios de dignidad y derechos humanos, beneficios y efectos nocivos, autonomía y responsabilidad. Además, contempla el concepto de “asentimiento informado” que se utiliza en el caso de personas menores de edad que son mayores de 12 años.
El reglamento conocido por la Junta Directiva este jueves constituye una actualización a este marco normativo, cuya última versión databa de 2012, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 361 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública se otorgará audiencia para que personas o grupos interesados realicen las observaciones o sugerencias que consideren pertinentes. Cuando se cuente con la reforma final, se presentará ante la Junta Directiva de la CCSS para su aprobación definitiva.
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